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Flash Informativo BDO:

DETERMINACIÓN ANUAL DE LA PRIMA PARA LA COBERTURA DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO

21 febrero 2024

Una de las obligaciones de los patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es revisar su siniestralidad en el mes de febrero de cada año, con el propósito de determinar si la prima del seguro de riesgos de trabajo con la cual vienen cotizando, aumenta o disminuye.

Por ello, el 29 de febrero de 2024 es la fecha límite para presentar la determinación de la prima para la cobertura del seguro de Riesgos de Trabajo.

En caso de no presentarla, hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos, en relación con el periodo señalado, los patrones pueden ser sujetos a la imposición de una multa equivalente al importe de 20 a 210 veces la UMA; esto es de $2,171.40 a $22,799.70, con base en lo señalado en los Artículos: 287, 304 A y 304 B de la Ley del Seguro Social (LSS).

 

Patrones exentos

Existen patrones que no están obligados a presentar la declaración comentada si se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:

  • Aquellos que se inscribieron ante el IMSS durante el ejercicio 2023.
  • Si cambiaron de clase por haber modificado su actividad empresarial.
  • Si reanudaron actividades después de 6 meses de suspensión.
  • Si recontrataron trabajadores después de 6 meses de no tenerlos registrados.
  • Si como resultado de la fórmula, la prima determinada es igual a la del ejercicio 2023.
  • Aquellos patrones que se encuentran cotizando con la prima mínima (0.50000%) y que sus trabajadores no hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

 

Patrones con opción

Los patrones que cuenten con menos de 10 trabajadores promedio, pueden optar por presentar su determinación de prima o bien, cubrir sus cuotas con la prima media de su clase.

 

Riesgos de Trabajo terminados

Para efectuar el cálculo, se deberán considerar los riesgos de trabajo terminados dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Se deberá entender que un riesgo de trabajo ha terminado, cuando el trabajador siniestrado:

  • Sea dado de alta y haya concluido el periodo de incapacidad temporal.
  • Se determine el inicio de una incapacidad permanente; o
  • Sobrevenga la muerte durante el periodo de revisión.
  • Es importante mencionar que los accidentes en trayecto por riesgos de trabajo no forman parte de la siniestralidad a considerar en la determinación de la prima.

 

Cálculo de la prima

La determinación de la prima de riesgos de trabajo se puede realizar por medio del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) o en línea a través del portal del IMSS.

Conforme a lo señalado en el artículo 72 de la LSS, la prima de riesgos de trabajo se deberá comparar con la prima anterior y determinar si se mantiene igual, aumenta o disminuye.

La nueva prima no podrá ser modificada en una proporción mayor o menor a un 1% de conformidad con los artículos 74 de la LSS y 32 Fracción II del Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).

 

Vigencia de la prima

La nueva prima de riesgos de trabajo determinada conforme al párrafo anterior tendrá vigencia del 1 de marzo de 2024 hasta el último día del mes de febrero de 2025.

 

Formatos necesarios para la determinación de la Prima

  • ST-7, Aviso de Atención Médica Inicial y Calificación de Probable Accidente de Trabajo.
  • ST-9, Aviso de Atención Médica Inicial y Calificación de Probable Enfermedad de Trabajo.
  • ST-2, Dictamen de alta por riesgos de trabajo.
  • ST-3, Dictamen de incapacidad permanente parcial o de defunción por riesgos de trabajo.
  • Certificados de incapacidad temporal.

 

Modalidades para presentar la declaración del grado de riesgo

1. En línea; utilizando el SUA y la herramienta IMSS Desde su Empresa (IDSE) en el portal del IMSS.

2. De manera presencial; en ventanilla de la Subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio fiscal o centro de trabajo.

Para ambos procedimientos, es recomendable ingresar a la página del IMSS a través de los siguientes links, en los cuales se pueden encontrar; manuales, formatos, infografías, etc. que serán de utilidad y apoyo para la determinación y presentación de la Declaración de la prima de riesgos de trabajo correspondiente a la siniestralidad ocurrida en el ejercicio 2023:

http://www.imss.gob.mx/patrones/determinacionprima

http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02029

Con el objeto de facilitar la determinación de la prima de riesgos de trabajo a presentar tanto en línea como en ventanilla, el IMSS pone a disposición de los patrones, los siguientes videos tutoriales, sólo hay que dar clic en el link correspondiente:

Trámite en línea: https://youtu.be/gcg60jkhxgY

Trámite presencial: https://youtu.be/8qrYGed9FE0

 

Aspectos a considerar por los patrones

Presentar una declaración de riesgos de trabajo por cada registro patronal.

Nota. Si se presenta la declaración a través del IDSE, ahora ya pueden presentar la determinación de todos los registros patronales en una sola sesión con la e.firma.

  • Ninguna empresa podrá cotizar con una prima menor de 0.5% ni mayor al 15.0%.
  • El factor de la prima de riesgo inicial de F es 2.3; sin embargo, pueden considerar F=2.2 siempre y cuando tengan la acreditación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de su Sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo.
  • Los accidentes ocurridos al trasladarse los trabajadores de su domicilio al centro de trabajo y viceversa, no deben incluirse en el cálculo de la prima.
  • No se consideran como casos de riesgos de trabajo terminados, las recaídas y las revisiones de incapacidades permanentes parciales ya que sólo computan en los días subsidiados por incapacidad temporal, pero si deben considerarse los incrementos de porcentajes por incapacidades permanentes parciales derivados de reevaluaciones.
  • La prima determinada no podrá disminuirse o incrementarse en 1 punto porcentual, con relación a la prima con la que se pagó la rama del seguro de riesgos de trabajo en el ejercicio anterior.

 

Apoyo de la herramienta en el portal del IMSS para consulta de riesgos de trabajo

El IMSS pone a disposición de los patrones en su portal institucional, una herramienta con la cual podrán consultar la relación de los riesgos de trabajo terminados que hayan sufrido sus trabajadores. Esta herramienta puede ser de gran utilidad previo a la determinación de la nueva prima de riesgos de trabajo, debido a que podrán conciliar los casos de riesgo de trabajo conocidos contra los que arroje esta herramienta y de esta forma presentar de manera correcta su declaración.

Para consultar la relación de los riesgos de trabajo terminados utilizando esta herramienta, existen dos opciones:

1. Acceder por medio de la herramienta IMSS Desde su Empresa (IDSE), utilizando el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE).

Link de acceso:  http://idse.imss.gob.mx/imss/

2. Ingresando a IMSS Digital a través del Escritorio Virtual, empleando la Firma Electrónica (FIEL).

Link de acceso:  https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal

 

Recomendaciones

Es importante que las empresas adopten una cultura de prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, que transformen los centros laborales en lugares seguros y sanos y así, permitan disminuir el riesgo al que están expuestos los trabajadores al desarrollar sus actividades, disminuyendo a la vez el costo financiero que implica para el patrón el pago de las cuotas a esta rama de aseguramiento.

Si por alguna razón en los meses subsecuentes a febrero, el IMSS notifica una resolución rectificando la prima presentada, es posible impugnarla mediante un escrito de desacuerdo ante el propio IMSS, un recurso de inconformidad ante el consejo consultivo delegacional o bien mediante un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.