Este sitio utiliza cookies para ofrecerle un servicio más ágil y personalizado. Al usar este sitio usted acepta el uso de cookies. Por favor lea nuestra POLÍTICA DE PRIVACIDAD para obtener más información sobre las cookies que utilizamos y cómo eliminar o bloquearlos.
Flash Fiscal:

Segunda Versión Anticipada de la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

28 noviembre 2022

El 25 de noviembre de 2022 el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó a través de su página de internet la Segunda Versión Anticipada de la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en la cual destaca lo siguiente:

Regla 2.1.6 Días Inhábiles

Se señala, que el segundo periodo general de vacaciones del 2022, será el comprendido del día 19 al día 30 de diciembre de 2022.

Articulo Décimo Séptimo Transitorio

Se establece, que los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, hasta el 31 de marzo de 2023. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

Articulo Cuadragésimo Séptimo Transitorio

Se establece, que el uso del CFDI con complemento Carta Porte será aplicable a partir del 1 de enero de 2022, indicando que se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de julio de 2023 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

El detalle completo de esta Versión Anticipada se podrá consultar en el siguiente link de la página del SAT: https://www.sat.gob.mx