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Flash Fiscal:

Presentación de los anexos del dictamen fiscal ante el Infonavit

29 mayo 2023

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

 

Presentación de los anexos del dictamen fiscal ante el Infonavit

 

Los contribuyentes que presentaron dictamen fiscal del ejercicio 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), deberán presentar una copia con firma autógrafa del informe sobre la situación fiscal del contribuyente con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones al Infonavit, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento para su presentación, con base en lo establecido en el Artículo 29 fracción VIII primer párrafo de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT), Artículo 84 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y Comunicado General CGRF/GSF/2023/1199 de fecha 6 de enero de 2023, relativo a la presentación del dictamen fiscal, emitido por el Infonavit.

 

Tomando en cuenta que la fecha límite para presentar el dictamen fiscal del ejercicio 2022 fue el pasado 15 de mayo, la obligación de presentar el informe y los anexos ante el Infonavit se cumplirá a más tardar el próximo 5 de junio.

 

Es importante mencionar que el artículo 29, facción VIII de la LINFONAVIT establece como obligación de los patrones presentar la información referida cuando el patrón esté obligado a dictaminarse en términos del Código Fiscal de la Federación; sin embargo, el comunicado emitido por el INFONAVIT señala que también aplica esta obligación para los patrones que hayan decidido dictaminarse de manera voluntaria.

 

La sanción para los patrones que omitan presentar dicha información, estando obligados a hacerlo, es de 151 a 200 UMA’s, es decir de $15,664.74 a $20,748.00, de conformidad con los artículos 6, fracción XV y 8, fracción II del Reglamento para la Imposición de Multas por el Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del INFONAVIT y sus Reglamentos establecen a Cargo de los Patrones.

 

La información podrá presentarse de forma presencial en la Delegación Regional que corresponda al domicilio fiscal de la empresa o por medios electrónicos (correo electrónico).

 

Los contribuyentes con trabajadores a su cargo que deseen realizar el trámite de manera presencial deberán presentar en dos tantos la “Carta de presentación del dictamen fiscal (Formato DO-01), con firma autógrafa del representante legal, así como adjuntar en un dispositivo USB, con nombre y RFC del patrón dictaminado, la documentación obligatoria relacionada en el trámite electrónico.

 

Para la recepción de manera electrónica, se deberá atender a lo señalado en el Anexo al comunicado CGRF/2023/1199 de fecha 06 de enero de 2023, el cual establece las Reglas para la Presentación Electrónica del Dictamen Fiscal, de acuerdo a lo siguiente:

 

Documentación

 

1). La Carta de presentación del dictamen fiscal (Formato DO-01), deberá contener la firma autógrafa del representante legal y contador público autorizado y puede ser descargada en el siguiente link: https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/bc7a0498-47d3-46e6-816f-0ec82253ff95/Carta_PresentacionDictamenfiscalInformeyanexos2023.pdf?MOD=AJPERES&ContentCache=NONE&CACHE=NONE&CVID=oxlau6L

2). Opinión e informe de la situación fiscal del contribuyente (formato PDF con firmas del contador público).

3). Acuse de recibido ante el SAT en forma electrónica con sello digital (formato PDF).

4). Anexos del dictamen fiscal:

º-. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos o análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados (en archivo Excel y PDF).

º-. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador (en archivo Excel y PDF).

º-. Relación de contribuciones por pagar (en archivo Excel y PDF).

5). Aquellos contribuyentes que no hayan tenido trabajadores a su cargo en el ejercicio dictaminado, adicionalmente a la documentación mencionada deberán incluir la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (digitalizada con su acuse de recibo emitido por el SAT).

6). Cuando se presente la Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF) se deberá anexar el acuse de recepción ante el SAT de ésta, así como de los anexos presentados en el archivo requisitado de la ISSIF.

7). Cuando los registros patronales asociados al RFC del contribuyente sean más de diez, deberá incluirse una relación en hoja electrónica en formato Excel de todos los registros patronales.

8). En caso de que el contribuyente desee adjuntar información adicional, deberá hacerlo en el mismo dispositivo USB, relacionando en hoja electrónica en formato Excel, el detalle de los archivos con el nombre que les asignó a cada uno de ellos.

 

Consideraciones para la presentación de documentación:

Declaración anual del Impuesto Sobre la Renta. Deberá estar digitalizada con acuse de recibo emitido por el SAT, (únicamente si no tuvo trabajadores en el ejercicio dictaminado).

Información Adicional. Se deberá relacionar en hoja electrónica, el detalle de los archivos con el nombre que le asigno a cada uno.

 

Forma de presentación

No se recibirán archivos en formato (.txt) y/o (.rar)

En caso de requerirse, los archivos se deberán comprimir en formato (.zip)

 

Envío del Dictamen

Los archivos deberán ser enviados a las siguientes direcciones de correo electrónico oficiales:

ayhernandezr@infonavit.org.mx

fvillicana@infonavit.org.mx

 

En el correo electrónico deberán indicar expresamente la o las direcciones de correo electrónico que se utilizarán como medio de contacto, para recibir las respuestas del Instituto.

 

En el cuerpo del correo se debe especificar el nombre de la empresa y el tipo de trámite que se está realizado.

 

El asunto del correo debe especificar el trámite que se está realizando, seguido del nombre del patrón dictaminado, todo en mayúsculas.

 

Ejemplo: 

RECEPCIÓN DICTAMEN FISCAL_LA TIENDITA SA DE CV.

Finalmente, es de suma importancia tomar en cuenta lo siguiente:

 

a). La recepción de los archivos electrónicos de los anexos del dictamen fiscal estará sujeta a la validación del cumplimiento de requisitos, por lo que el Instituto enviará correo electrónico de recepción en el que indique que la información y documentación se encuentra en validación; sin embargo, este correo no implica su correcta presentación y que se dé por recibido el trámite. En caso de que en dos días hábiles no cuenten con el correo indicado, se deberá realizar el trámite de forma presencial, en la Delegación a la que corresponda el domicilio fiscal de la empresa.

 

b). Una vez que el Instituto verifique que la información y documentación está completa y sea correcta, enviará el número de folio que le fue asignado por la Delegación y la fecha de recepción. En caso de no reunir alguno de los requisitos señalados, el Instituto informará por correo electrónico a efecto de que cumpla con los requisitos y realice el trámite de manera presencial.

 

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Nuestros especialistas del área de seguridad social de BDO México, estarán a sus órdenes para atender cualquier duda o comentario relacionados con estos temas.